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ISR en parcialidades mal determinado: ¿procede cancelarlo y recuperar lo pagado?

En la práctica fiscal, no es poco común que los contribuyentes opten por pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, con base en un saldo a cargo inicialmente determinado.

Sin embargo, puede ocurrir que dicho saldo haya sido calculado de forma incorrecta, y que posteriormente se determine su inexistencia o incluso un saldo a favor. Ante este escenario, surge una interrogante relevante: ¿es procedente modificar la situación fiscal y dejar sin efectos el esquema de pago autorizado?

Al respecto, la regla 2.11.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 establece que los contribuyentes que hayan optado por el pago en parcialidades o diferido, podrán presentar declaración complementaria del mismo impuesto, periodo y ejercicio, modificando los montos originalmente determinados, incluso hasta reflejar un saldo a favor.

En estos casos, será posible solicitar que se deje sin efectos el pago en parcialidades o diferido, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

I. Que el adeudo no haya sido determinado mediante declaración de corrección fiscal o derivado de dictamen.
II. Que no se hayan interpuesto medios de defensa respecto del crédito.

Para ello, el contribuyente deberá presentar la solicitud correspondiente conforme a la ficha de trámite 146/CFF, manifestando bajo protesta de decir verdad la procedencia del ajuste, y acompañando la documentación que sustente la correcta determinación de las contribuciones en la declaración complementaria.

En caso de omitir requisitos, la autoridad podrá requerir su cumplimiento dentro de un plazo de cinco días hábiles; de no atenderse, se tendrá por desistida la solicitud.

Una vez autorizada la cancelación del esquema de pago, el contribuyente podrá, en su caso, gestionar la devolución de las cantidades pagadas en exceso. Para este efecto, es importante considerar que en la declaración correspondiente no deberán marcarse las opciones de devolución o compensación respecto de dichos saldos.

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