Caducidad en las facultades de comprobación que no le es aplicable al IMSS
Las autoridades fiscales deben concluir una visita domiciliaria o la revisión de la contabilidad de un contribuyente que se efectúe en las oficinas de las propias autoridades, dentro de un plazo máximo de doce meses contado a partir de que se notifique a los contribuyentes el inicio de las facultades de comprobación.