Ampliación de los lugares en los cuales se pueden llevar a cabo visitas domiciliarias específicas
En el artículo 42, fracciones V y XI del Código Fiscal de la Federación, se señala que las visitas domiciliarias podrán llevarse a cabo no solo en el domicilio fiscal, establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos y semifijos en la vía pública, de los contribuyentes o asesores fiscales, cuando se encuentren abiertos al público en general, […]