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¿Se deben pagar los adeudos fiscales a cargo de una persona que fallece?

El criterio de las autoridades hacendarias respecto a los adeudos fiscales de una persona que fallece es que estos no se extinguen con la muerte del contri­buyente, sino que de la herencia o sucesión deben tomarse los recursos para cubrir tales adeudos, esto en función de que el artículo 1284 del Código Civil Federal señala que el heredero adquiere a título uni­versal y responde por las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que hereda.

Por: Redacción

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