Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en Ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.
Es importante destacar lo que el referido artículo 2 señala y es el hecho de que la obligación de proporcionar servicios de salud es de los patrones, quienes son sustituidos por el Estado, a cambio de un pago que se denomina “cuota de seguridad social”.
Cuando a su vez el Estado permite que los servicios que debe prestar sean otorgados por los patrones estamos en presencia de una subrogación de servicios.
Vale la pena diferenciar una subrogación de servicios de una reversión de cuotas.
La subrogación de servicios es el acto por medio del cual el Instituto Mexicano del Seguro Social delega la prestación de servicios a él encomendados a los patrones o terceros.
La reversión de cuotas es la devolución a los patrones de las cuotas por ellos pagadas derivada de la subrogación de servicios.
Los ejemplos más representativos de las aportaciones de seguridad social son las efectuadas al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Servicios de Seguridad Social para los Trabajadores del Estado.
Por: Redacción

