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Cancelación inmediata de requerimientos

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El artículo 46 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación establece que las Autoridades Fiscales cancelarán los requerimientos, así como las multas que se hubiesen impuesto con motivo de supuestas omisiones, siempre que los interesados exhiban los avisos o declaraciones presuntamente omitidos, presentados con anterioridad a la fecha de notificación del requerimiento o de […]

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NOTAS FISCALES 337 (diciembre 2023) Digital.

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